El Canal de Panamá ha recibido notificación de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declarando inconstitucional la Ley No. 20 de 2006, restableciendo la vigencia de la Ley No. 44 de 31 de agosto de 1999. Esta ley regula los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá (CHCP).
Con esta decisión judicial, el Canal de Panamá asume la responsabilidad constitucional sobre el área geográfica delimitada por la Ley No. 44 de 1999, con el objetivo principal de proteger sus recursos hídricos. Este proceso se llevará a cabo en estrecha coordinación con las instituciones pertinentes, tal como lo establece la Constitución Política de la República de Panamá.
La Junta Directiva del Canal y su Administración colaborarán con el gobierno del Presidente José Raúl Mulino para implementar las acciones necesarias para enfrentar de manera efectiva la crisis hídrica que enfrenta Panamá. El objetivo es asegurar un suministro sostenible de agua tanto para el consumo humano como para las operaciones de la vía interoceánica.
El actual ministro de Medio Ambiente, Juan Carlos Navarro, y el abogado Juan Ramón Sevillano también presentaron en enero de este año una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 20 de 2006.